Concepciones generales y definición de la Victimología

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Victimología: Fundamentos científicos y filosóficos generales (Fragmentos del libro)

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1.1. Concepto y definición de la Victimología.

Definir acertadamente la Victimología, a partir de las distintas concepciones existentes sobre ella, constituye quizás una de las más necesarias y difíciles tareas para cualquier académico de esta ciencia u otras afines en la actualidad. Cualquier definición sobre este sistema de conocimientos nunca estará exenta de ser perfectible, y más en el estado actual de su desarrollo. Así, toda tesis encaminada a ello será eficiente siempre que aporte elementos para enrumbar, con más claridad y certeza, la mirada crítica hacia su espectro fenomenológico y el camino a seguir en su estudio, comprensión y aplicación.

Poco son los estudios que apuntan hacia las dinámicas conceptuales de la Víctimología. Muchas veces se ha llegado a afirmar erróneamente la aparición de la Victimología exclusivamente a partir de la primera mitad del siglo XX sin distinguir la existencia de un saber victimológico previo. Pareciera entonces que la ciencia victimológica surgió milagrosamente por arte de magia, como quien dice “de la noche a la mañana”. La verdad es que aunque la Victimología, en tanto ciencia, alcanza tal categoría a partir del los inicios del siglo XX, su desarrollo obedece a siglos enteros de evolución de análisis de su fenomenología por estudiosos de otras ciencias que, quizás sin saberlo, desarrollaron concepciones que sirvieron de base a muchas de las definiciones más agudas manejadas en el ámbito victimológico actual. [1]

Por ello podemos afirmar que respecto a la Victimología existieron nociones que durante la primera etapa de desarrollo de esta controvertida ciencia (etapa precientífica) apuntaron hacia la definición de los objetos de estudio, límites, categorías, principios y algunas de las teorías más expandidas por la doctrina victimológica actual. En este sentido existen cuatro concepciones victimológicas fundamentales que responden a cuatro líneas de pensamiento generales a saber: Concepción naturalista, Concepción positivista, Concepciones neopositivistas y la Concepción Materialista.

1.1.1. Concepción naturalista de la Victimología.

El fenómeno victimológico, según la concepción naturalista de la Victimología, se fundamenta y parte de entenderse como un proceso natural[2] e inevitable.[3] Para ello se conciben sus inicios, el desarrollo de sus fases y otros sucesos derivados y afines, concatenados a la misma existencia de la humanidad y hasta de la naturaleza antes del surgimiento del hombre (prehistórica). Esto significa además que hasta cierto punto resulta necesario, forma parte de la vida[4] y es sobre la base de la victimización de unos con respecto a otros que el universo evoluciona.[5] Para esta noción científica, aplicada a la Victimología, siempre habrá depredados y depredadores como parte del ciclo de la subsistencia de las especies, complementándose así el principio de competencia[6] y el equilibrio natural. En tal sentido, el hombre, por su condición biológica, también es sometido a tales dictamenes naturales.

Es a partir de esta noción del objeto de la Victimología que antiguamente se fundamentaba y argumentaba la reparación del daño victimológico; aún en aquellos momentos en que no existía la pena como forma de castigo y la víctima era la protagonista del episodio judicial. Entre estos esquemas encontramos la Venganza Privada Absoluta, Venganza de Sangre, Expulsión de la Paz, en los primeros momentos y la Ley del Talión, la compensación y la Venganza divina posteriormente.[7] La relevancia de estas formas de castigo, desde el enfoque victimológico, esta dada en que solo podían ser ejecutadas por las víctimas y eran concebidas exclusivamente como medios lógicos de reparación del daño victimológico causado. Como habíamos hecho mención, en aquellos momentos no se podía hablar de delito, Derecho Penal, pena o saber criminológico; más bien lo que existía era una conciencia social sobre el daño causado por determinadas conductas de los miembros de la comunidad correspondiente. En este sentido, dicha conciencia se concentraba en el daño exclusivamente y generaba una relación de carácter jurídico donde el sujeto activo era la víctima. Para los miembros de la comunidad solo el perjudicado podía actuar contra el victimario, aunque esta facultad después fue extendida a sus familiares ante la ausencia o incapacidad de este para ejecutar la venganza. La conciencia social creada sobre el daño victimológico era, en otras palabras, un reflejo inmediato de la realidad en la conciencia de los hombres (conciencia común o cotidiana) surgida de la práctica corriente; por eso, aun cuando no existían las leyes propiamente dichas, se consideraban dañinas todas aquellos actos que de manera directa o indirecta, a mediano o largo plazo, significaran un peligro para la unidad y estabilidad del clan.[8] Ello explica por qué las reacciones contra este tipo de conductas eran espontáneas al producirse el resultado dañoso y, muchas veces, antes de que este se produjera.

Para los victimólogos naturalistas más radicales, la Victimología, al encontrar su razón de ser y fundamentación en la naturaleza, no tiene esencia puramente sociológica y por tanto, al realizarse un estudio social de la victimización, debe partirse desde observaciones, análisis y comprensiones simétricas y paralelas entre el fenómeno victimológico y las ciencias naturales. Sería entonces la Victimología, conforme a esta concepción, aquel saber que tiene por objeto los procesos de victimización y desvictimización en la sociedad de manera análoga y paralelamente a los fenómenos y ciencias naturales basando en estos últimos los fundamentos, causas, métodos, dinámica, explicaciones de sus leyes, principios, elementos, categorías y límites.

Esta concepción naturalista presenta una gama de deficiencias que obliga a muchos a abandonarla inmediatamente dado su carácter científico radical a saber:

El primer punto discordante es el ubicar, en los casos más radicales, a la Victimología fuera del escenario social y concebirla exclusivamente como una síntesis de las ciencias biológicas aplicada a las ciencias sociales. Esta concepción desprecia que la Victimología, amén de la existencia de su objeto de estudio, es estudiada y aplicada por los hombres para resolver exclusivamente los conflictos sociales que se pueden suscitar en la interacción y convivencia de los mismos. Al ser una concepción de objeto tan universal o general impide el análisis más particular de la fenomenología victimológica divorciándose del estudio de otros fenómenos sociales y políticos de necesaria observancia; entre esos fenómenos encontramos: la seguridad ciudadana, la representación política y legal de las víctimas, el papel y responsabilidad del Estado en los procesos de victimización y la prevención victimal. Estas cuestiones antes mencionadas, sin lugar a dudas, van más allá de lo biológico, precisamente por suscitarse a partir de la inteligencia y razocinio exclusivos de los hombres que viven en sociedad. Según esta concepción, la victimización de unos grupos considerados más “débiles” socialmente por otros grupos considerados más “fuertes”, conforme a las teorías biologicistas, justifica la desigualdad social y jurídica en los distintos Estados, siempre que no exceda aquella cuota natural de supervivencia humana como límite establecido por el pacto social al libre albedrío de los hombres.[9] Por otro lado, esta concepción refrenda entre sus aspectos positivos el concebir la existencia de víctimas, victimarios, sucesos victimizantes, el daño victimológico y su debida reparación como forma de restablecer el equilibrio en la comunidad humana; ha servido de base teórica para los postulados posteriores sobre la Victimología y destaca el carácter multidisciplinario y transdisciplinario de esta al establecer la relación de la misma con ciencias como la Antropología, la Medicina, la Biología, el Derecho, entre otras.[10] De esta concepción poco se ha escrito.[11] Las pocas obras que al respecto se refieren, excelentemente por cierto, lo hacen desde la perspectiva de la pena, el delincuente y el delito; lo cual no evita para nada que entre líneas se pueda divisar, interpretar y comprender el discurso victimológico.[12] En los últimos años la sapiencia se ha centrado más en establecer definiciones de la Victimología que el estudio de las diferentes concepciones existentes y corrientes de pensamientos que sirven de fundamentación para una definición más acabada de esta ciencia y de sus restantes fundamentos científicos. Resulta innegable que, a diferencia de otros sistemas de conocimientos que estudian el fenómeno criminal, la concepción naturalista del objeto de la Victimología siempre ha estado entre nosotros pero vista desde el otro extremo del crimen y abordada desde el Derecho Penal, la Criminología, entre otras ciencias; por otros fundamentos, métodos y tecnicismos lingüísticos.[13]

Por último, resulta loable destacar que la concepción naturalista del fenómeno victimológico no debe confundirse con la concepción naturalista de la Victimología en tanto ciencia, si bien que tienen ambas una relación muy íntima. La concepción naturalista del fenómeno victimológico siempre ha estado ahí, mientras que la concepción naturalista de la Victimología surge a partir de que se considera a la Victimología una ciencia; o sea, un bien cultural propio de la civilización humana. Con esto queremos decir que la concepción naturalista de la Victimología se nutre y fundamenta en la concepción natural de su objeto de estudio, el cual la precede en su surgimiento.

1.1.2. Concepción positivista de la Victimología.

En esencia, el positivismo científico consiste en no admitir como válidos científicamente otros conocimientos sino los que proceden de la experiencia, rechazando, por tanto, toda noción a priori y todo concepto universal y absoluto. El hecho es la única realidad científica, y la experiencia y la inducción, los métodos exclusivos de la ciencia.[14] En este sentido, la concepción positivista de la Victimología parte consecuentemente de fundamentar su objeto de estudio sobre los hechos positivos, empíricos, contrastables y no tanto sobre deducciones abstractas.

Conforme al positivismo, el objetivo del conocimiento victimológico es explicar causalmente los fenómenos por medio de leyes generales y universales, lo que le lleva a considerar a la razón como medio para otros fines (razón instrumental). La forma que tiene esta concepción, en sentido general, de conocer es inductiva, despreciando la creación de teorías a partir de principios que no han sido percibidos objetivamente. En la metodología histórica del estudio del Positivismo prima fundamentalmente las pruebas documentadas, minusvalorando las interpretaciones generales, por lo que los trabajos de esta naturaleza suelen tener excesiva acumulación documental y escasa síntesis interpretativa. Un aporte importante respecto a los fundamentos sociológicos de la Victimología se le atribuyen indirectamente a Auguste Comte quien formuló a mediados del siglo XIX la idea de la creación de la Sociología como ciencia general que tiene a la sociedad como su objeto de estudio y afirmaba que del estudio empírico del proceso histórico, en especial de la progresión de diversas ciencias interrelacionadas en las que perfectamente es admisible la Victimología, se desprendía una ley que denominó de los tres estadíos y que rige el desarrollo de la humanidad y de ello se desprende que la Sociología era la base primaria del objeto de estudio de estas ciencias.[15] Para Comte la Sociología sería un conocimiento libre de todas las relaciones con la filosofía y basada en datos empíricos en igual medida que las ciencias naturales. Una de sus propuestas más destacadas es la de la investigación empírica para la comprensión de los fenómenos sociales, de la estructura y el cambio social (razón por la que se le considera padre de la Sociología como disciplina científica).

En el devenir histórico varios son los autores que han manifestado una concepción positivista de la Victimología, sobre todo en su etapa embrionaria u originaria dado su fundamentación a partir de la función causal del delito en la cual centraron su atención.[16] Así establecieron conceptos como el de víctima nata asimilable al del delincuente nato descrito por Ferri[17] y desarrollado por Lombroso. [18] Lo cierto es que estos paralelismos sirvieron de plataforma o basamento para que se tildara posteriormente esta Victimología embrionaria desde una concepción positivista como tal. De esta manera la Victimología estudia las relaciones víctima-criminal y es concebida como una rama de la Criminología. Desde esta corriente de pensamiento, la sociedad es vista como una estructura bien integrada, estable, persistente y basada en el consenso de sus integrantes en cuanto a los valores imperantes, por lo que se despliega en un modelo de explicación consensual de la sociedad. El criminal es pues, diferente a lo no criminal y, desde luego, a la víctima. La víctima, se identifica como el sujeto pasivo del delito; las víctimas estudiadas son las víctimas conocidas, las que llegan a las instancias de administración de justicia, y el interés máximo gira en torno a saber si son o no culpables, su grado de responsabilidad, o si son «inocentes», debiéndose socorrer a estas últimas. Así, consecuentemente, los drogadictos, alcohólicos, prostitutas y otros desviados son tratados en forma similar a los delincuentes.[19]

Después de estos análisis podemos concluir que para esta concepción la Victimología solo podía ser entendida como una parte de la Criminología, el conjunto de conocimientos constatables empíricamente obtenidos por medio de la inducción y que sujetos a leyes generales y universales explican la responsabilidad del sujeto pasivo del delito (la víctima) en el mismo y su relación con el delincuente.

No obstante, razón le asiste a German Aller cuando afirma que “posiblemente el positivismo por lógica haya influido en la Victimología original, pero no puede decirse que actualmente sea positivista, más aún cuando esta disciplina tiene la virtud de amalgamar en armonía a diversas líneas de pensamiento y propugnar por una respuesta real a las víctimas.”[20] De este pensamiento lógico se desprende que la Concepción positivista no resulta ser tampoco la de mayor predominio en la comprensión general de la ciencia victimológica. Ello no desmerita para nada la importancia de esta concepción surgida respecto a la legitimización del estudio científico naturalista del ser humano.

Como toda concepción, el positivismo victimológico ha encontrado opositores sobre todo en la primera mitad del siglo XX cuando se fortalece un movimiento significativo conocido por algunos autores como Neopositivismo que representó una fuerte influencia sobre las ideas existentes entorno a esta ciencia hasta esos momentos.[21] Sobre esta nueva etapa en la concepción de la Ciencia Victimológica dedicaremos el siguiente epígrafe.

1.1.3.Concepciones neopositivistas de la Victimología.

El movimiento neopositivista es considerado como tal, no por negar el positivismo, sino por sucederle en el iter evolutivo del estudio científico y comprensión del fenómeno victimológico; o sea, en el proceso de madurez de la Victimología como ciencia propiamente dicha. Al respecto me atrevería a afirmar que, lejos de ser una renuncia al Positivismo precedente, el Neopositivismo significó un intento de rectificación de sus excesos y deficiencias. Se trata ahora de un Positivismo “retocado”.

Ahora bien, todo intento de estudio sobre el Neopositivismo victimológico resultaría parco si antes no se analizan sus fundamentos lógicos, es decir, las deficiencias y excesos del Positivismo victimológico antecesor.

Entre las críticas que se le hacen al Positivismo victimológico está la incapacidad que posee el método de las ciencias físico-naturales para conocer a plenitud el objeto de estudio de la Victimología a una escala menos generalizada, digase estructuras y elementos como la sociedad, el hombre, la cultura, los cuales poseerían propiedades como la intencionalidad, la auto-reflexividad y la creación de significado, que serían dejados de lado por la epistemología positivista victimológica. A su vez, desde la epistemología hermenéutica, alzada en Alemania contra la epistemología positivista en general, cabría una crítica a la búsqueda de leyes generales y universales, pues deja de lado necesariamente los elementos que no pueden ser generalizados, es decir, los elementos particulares de la ciencia victimológica. Así, algunos hermeneutas defienden más un conocimiento ideográfico (de conocimientos más precisos, pero menos generalizables), que uno nomotético (de leyes generales).[22] Finalmente, desde la hermenéutica, se planteó la necesidad de conocer las causas internas de los fenómenos victimológicos, cuestión que se alejaba de la explicación externa de estos y así en vez de buscar la explicación del fenómeno victimológico, los hermeneutas buscan la comprensión de dichos fenómenos.[23]

Para los neopositivistas; el Positivismo, en su sentido más amplio, fue considerado una mutilación de la inteligencia humana que hace posible, no sólo la metafísica, sino la ciencia misma. Esta, sin los principios ideales, queda reducida a una nomenclatura de hechos, y la ciencia en sentido general y específicamente la victimológica no es una colección de experiencias, sino la idea general, la ley que interpreta la experiencia y la traspasa.[24

El Neopositivismo o Empirismo Lógico, en sentido general, intentó resolver tres problemas fundamentales de la ciencia como fundamento de su teoría: el método, la finalidad y la fundamentación hermenéutica o explicación científica.

En cuanto al método,[25] los neopositivistas nunca renunciaron al empirismo necesario en el estudio victimológico, sino que agregaron a estos estudios la necesidad de la llamada lógica simbólica. Es decir, que la doctrina y razonamientos victimológicos serían válidos y acreditables siempre que los mismos se puedan constatar empíricamente y se puedan explicar lógicamente, o sea, si resultan analizables lógicamente. Esto es lo que se llamó «significado por verificación». Sólo los enunciados de la ciencia empírica cumplen con el primer requisito, y sólo los enunciados de la lógica y las matemáticas cumplen con el segundo. De esta manera quedaba sellado para los neopositivistas el método inductivo por un lado y el de análisis lógico o analítico para estudiar el fenómeno victimológico por otro.[26] Una de las consecuencias más relevantes para la Victimología dentro de esta concepción lo fue la llamada corriente Neoantropológica del Derecho Penal. Esta corriente representó a grandes rasgos, dentro del Neopositivismo, un viraje al positivismo criminológico en su sentido antropológico. A partir de una noción psicoanalítica de la delincuencia y de la pena se centra el estudio en el Derecho penal de autor en lugar de un Derecho Penal del acto por lo que se comienza a cuestionar el prestigio de las rigurosas teorías lombrosianas.[27] De esta manera, se observa una tendencia a la separación de la teoría del delincuente nato y consecuentemente con la teoría paralela de la víctima nata.[28] Es entonces, a partir de esta noción psicoanalítica, que se acentúan los estudios en el grado de responsabilidad de las víctimas de delito para determinar si eran o no más culpables que el delincuente y su incidencia en la conducta delictiva como provocadoras de tales comportamientos. Es por estas razones que desde finales del siglo XIX y principios del siglo XX se desarrollaron algunos congresos de Antropología y Criminología donde la temática de la víctima ocupó parte del debate científico, si bien que de manera superficial.[29]

El segundo problema a resolver por el neopositivismo victimológico era la explicación científica de su fenomenología. Así, se convierte en una de las características del neopositivismo, en sentido general, la reducción de la filosofía al análisis del lenguaje tomado tanto de la ciencia como de la vida común del hombre. La doble realidad del lenguaje produce las dos corrientes del neopositivismo, como filosofía del lenguaje científico y del lenguaje común. Las dos dependen del principio dogmático que Wittgenstein codificó en su Tratado lógico-filosófico, a saber, “que las afirmaciones hechas sobre las realidades existentes solamente tienen sentido si se prueba su verificabilidad”; la única excepción a este principio se refiere a alguna de estas afirmaciones: las enunciaciones lógico-matemáticas que no pueden verificarse, pero que gozan de veracidad en cuanto que sus términos de base son verdaderos.[30]

En la corriente de la filosofía del lenguaje científico que sigue a R. Carnap y a H. Reichenbach confluye también la lógica matemática contemporánea, sobre todo la corriente de la lógica formal, que considera los axiomas como las afirmaciones de fondo de las que la matemática puede sacar las deducciones lógicas. La otra corriente, dedicada al análisis del lenguaje común, y que sigue a Popper Ayer y otros, considera, por el contrario, el lenguaje como un juego cuyas reglas intrínsecas es preciso captar debidamente.[31] Lo cierto es que todo este interés por la explicación científica y su correlación con la dirección neosociológica del Derecho penal y aquellas corrientes político-criminales como la nueva defensa social que toleraron varios caminos para alcanzar objetivos más o menos comunes entre las ciencias criminales, despertaron un gran interés por el desarrollo de un lenguaje técnico lógico y coherente que permitiese explicar el fenómeno victimológico al menos desde los axiomas del Derecho Penal y la Criminología durante el último cuarto del siglo XIX. Con esto queremos decir que para que se tomase como verídica la Victimología se exigía una explicación coherente de su objeto de estudio, delimitación del mismo, principios propios, utilidad, leyes, métodos propios, límites de su contenido, utilidad, lenguaje etc., así como una correspondencia entre sus axiomas fundamentales.

La finalidad fue el tercer problema que intentó ajustar el neopositivismo victimológico. Esta teoría general neopositivista surgida en Alemania a finales de la década de 1930, parece considerada en sus nexos históricos como la conclusión provisional de una evolución caracterizada por la progresiva transformación del sistema de Liszt y Beling. Desde el punto de vista filosófico enlaza esta dirección (teoría finalista) con el pensamiento de Hegel y principalmente con la fenomenología de Husserl y la tendencia ontológica de Nicolai Hartmann.[32]

Para los finalistas, a diferencia de los neokantianos, no existía diferencia en el objeto de las ciencias naturales respecto al objeto de las ciencias culturales; esa diferencia se suscitaba simplemente en el método que utilizaba cada ciencia. Ello significa que para los penalistas finalistas el objeto de su respectiva ciencia solo podían ser las conductas concientes del hombre que permitían analizar las finalidades de este en su actuar y por tanto todo aquello que no fuera conciente no podía ser analizado desde el método lógico y consecuentemente no sería científico. Esta teoría acentuaba una vez más la problemática del método ya mencionada respecto a la Victimología porque ahora, con más interés y fuerza, se tomaba en cuenta solo aquellas víctimas que manifestasen una intencionalidad en su victimización (culpables) y quedaba fuera del interés científico aquellas víctimas convencionales. Bajo la sombra de esta teoría, cualquier estudio victimológico que no fuese fundamentado desde la intencionalidad de la víctima era visto como una mera especulación filosófica.[33] Así se reducía, cada vez más, el objeto de estudio de la Victimología a la vez que aumentaba el olvido, en todos los sentidos, por el estudio de las víctimas tradicionales o convencionales

1.1.3.1. La Teoría del Funcionalismo.

El Funcionalismo y el Interaccionismo simbólico no representaron concepciones como el Positivismo o el Naturalismo científico propiamente dichas. Más bien fueron teorías que, por su incidencia en el pensamiento victimológico, pretendemos darle una significación diferenciada dentro de las corrientes agitadas bajo la sombra del Neopositivismo y, por supuesto, en las páginas de esta obra.

El Funcionalismo, a grandes rasgos, constituyó una nueva dimensión del criterio de utilidad concebido por el Positivismo.[34] Así intentó demostrar que determinadas sistematizaciones brindaban una marcada utilidad para el desarrollo social y su equilibrio, amén de no presentar utilidades económicas. Es así que la Sociología incorpora el criterio del utilitarismo social a su campo o perfil científico.[35] Con el Funcionalismo se intentaba crear una distinción entre los sistemas sociales y naturales a partir de una redimensión del concepto de causalidad fundamentado y basado en la funcionalidad de las unidades estructurales de cada ciencia.[36] A partir de aquí se habla entonces sobre tres postulados necesarios en los sistemas sociales a saber: la unidad funcional de la sociedad, funcionalismo universal y la indispensabilidad funcional.[37]

Según la unidad funcional cada sistema social debe estar concatenado de manera funcional como una unidad, de manera tal que si uno de los elementos estructurales sufre una alteración o ruptura ello se reflejaría en la correcta funcionalidad y equilibrio de todo el sistema social

Por su parte, el funcionalismo universal refrendaba la idea de que toda manifestación resulta ser inevitablemente funcional, o sea, toda manifestación cumple en el conglomerado social una función. Con este pensamiento se fundamentaba el carácter positivo de toda manifestación ya que nada ocurre sin provocar consecuencias que varían la dinámica del sistema social a distintos niveles.

Por último, el postulado de la indispensabilidad se refiere esencialmente que una misma función no puede ser realizada por diferentes manifestaciones. Esta crítica ha sido la más reprochada en el estudio del sistema social.

Estos postulados, antes descritos, tuvieron una gran influencia en la concepción que se tenía desde el orden epistemológico y metodológico sobre el fenómeno victimológico. Con el Funcionalismo se observa a la sociedad como un proceso y con ello la unidad sistémica de todas sus manifestaciones y elementos estructurales. A partir de este momento los estudios victimológicos comenzaron a abordar de manera integral la dinámica social para el análisis causal de la victimización y también se comienza a analizar las consecuencias sociales de la victimización más allá de la par víctima-criminal. Los interesados en el estudio victimológico empezaron a indagar aún más la función de la fenomenología victimológica dentro del sistema social. En otras palabras, el Funcionalismo dota a la noción embrionaria de la Victimolgía de funcionalidad social y, a su vez, llama la atención del carácter socialmente condicionado de los postulados victimológicos que comenzaban a tomar vida en este segundo cuarto del siglo XX.

1.1.3.2. La Teoría del Interaccionismo simbólico.

El Interaccionismo es una teoría de significación que se basa en tres postulados fundamentales:

1) Los seres humanos buscan ciertas cosas sobre la base del significado que esas cosas tienen para ellos.

2) estos significados constituyen el producto de la interacción social en las sociedades humanas.

3) tales significados son tratados a través de un proceso interpretativo que es usado por cada individuo para asociar los signos que él encuentra.[38]Lo que importa es el proceso de conocimiento el cual está ligado al sujeto de manera dinámica.

Esta teoría tuvo una gran importancia para el conocimiento victimológico por cuanto se cuestionó la neutralidad del conocimiento y planteó una posición reflexiva del proceso de conocimiento, de la comunicación y de su significación.[39] El ser humano se encuentra en constante interacción con el medio ambiente y viceversa, de manera que uno influye sobre el otro.[40] En este sentido se comienza a tener en cuenta que la naturaleza de la victimización no obedecía exclusivamente a hechos criminales, sino también a sucesos de otra índole como fenómenos naturales en ocasiones causadas por el mismo actuar humano así como que, aún siendo un suceso victimológico de naturaleza criminal, intervenían elementos del medio ambiente en el desarrollo y desenlace de dicho conflicto victimológico que influían significativamente en su dinámica e intensidad. A través de esta teoría surgen otras como la reacción social, el etiquetamiento social y la desviación social, las cuales describen entre líneas que la sociedad también puede ser sujeto victimizante por medio de la sensibilidad del lenguaje.[41] O sea, por no saber explicar o proyectarse científicamente ante el fenómeno macro victimológico.

Respecto la desviación social vale destacar que la gran virtud de la Escuela de Chicago (años 10 y 20 del s. XX) fue la inclusión del discurso del desviado en la explicación de la desviación y el delito. Su sociología es cualitativa, añade la subjetividad propia de la epistemología de Weber y Simmel, analiza los discursos y comprende la desviación como estrategia adaptativa al entorno contribuyendo al desmantelamiento de la idea de delincuencia como patología producto del estudio del desviado como objeto de laboratorio o como cifra estadística. Contribuye a su definición como hecho/sujeto normal, cuya normalidad no es sólo estadística en sentido durkheimiano, sino que constituye una “respuesta esperable dadas las circunstancias.” La desviación es una estrategia aprendida (construida-no innata) de afrontamiento de la realidad. El delincuente, tanto como la víctima, es una persona como los demás; no se trata de ninguna variedad antropológica, de ninguna anomalía, de ninguna patología sino de una persona que en su carrera delictiva puede llegar a ser victimizado por la sociedad.[42][43]

1.1.4. Concepción Materialista de la Victimología.

Desde comienzos del siglo XIX, por influencia del materialismo histórico, el término pasa a usarse también en contexto de las ciencias sociales. En ese sentido, el materialismo se refiere a varios marcos teóricos que buscan las causas de los procesos históricos y el cambio cultural en causas materiales. Para este materialismo de tipo histórico las causas últimas de los fenómenos sociales están determinadas por factores materiales y rechaza explícitamente las explicaciones en las que intervienen factores sobrenaturales, tomando como un hecho la irrelevancia científica de Dios, de espíritus y de una supuesta inteligencia del mundo en el devenir histórico. De acuerdo con el materialismo, las causas últimas deben buscarse en factores medibles o aprehensibles empíricamente.[44]

Parafraseando a Zeitlin, de forma opuesta o metodológicamente contradictoria a la dirección tomada por los científicos sociales para explicar el funcionamiento de la sociedad capitalista burguesa, de forma detallada, Marx recoge y reivindica el pensamiento iluminista.[45]

Desde el enfoque marxista se acepta la ciencia como un todo complejo y se revelan sus múltiples conexiones con la sociedad. Desde esta perspectiva la ciencia se comprende como un sistema de conocimiento en constante desarrollo, lo que supone la aplicación sistemática de métodos (reglas, recomendaciones referentes al curso mismo del conocimiento científico y que son aplicados concientemente por los hombres de ciencia de acuerdo con la diversidad de tareas investigativas), la formulación de problemas científicos, el adelantamiento de hipótesis, la conformación de teorías y su confrontación permanente con los hechos.[46]

Desde esta concepción, los estudiosos de la Victimología la aprecian como un conjunto de resultados cognoscitivos y también como el proceso permanente o inagotable de su transformación. La ciencia Victimológica, como toda ciencia, es entonces una forma específica de actividad, de trabajo especializado de búsqueda humana de la verdad. En este sentido, propone la relación sujeto-objeto, del investigador y lo que se investiga. Según esta concepción,[47] el investigador victimólogo en su quehacer no opera en un vacío social sin que su trabajo lo intercepten los complejos resortes de la ideología, la política y, desde luego, en su fundamento se encuentra la práctica socio-histórica que permanentemente plantea problemas que reclaman el concurso de la ciencia, establece prioridades y, en gran medida, condiciona las posibilidades mismas del trabajo científico al determinar las fronteras del instrumental técnico o intelectual de que la ciencia puede disponer. Entonces podemos decir, a grandes rasgos, que para los materialistas la Victimología es, en esencia, un sistema de conocimientos en constante desarrollo con métodos propios y tareas aplicadas conscientemente para la satisfacción y resolución de las necesidades y conflictos sociales respectivamente, evidenciando así el influjo mutuo entre el investigador y el objeto de estudio.[48]

1.1.5. Definición de la Victimología.

Hasta este punto de la presente obra hemos intentado dar una panorámica de las distintas concepciones científicas existentes respecto a la Victimología, de la cual se ha intentado establecer una comprensión absoluta y lo más exacta posible por disímiles autores a lo largo de la historia sirviendo así para la identificación de los diferentes modelos victimológicos, los cuales analizaremos más adelante.

La concepción, el concepto y la definición son categorías lógicas diferentes, pero con una relación muy estrecha, al punto de que cotidianamente tienden a confundirse unos términos con otros y ser utilizados indistintamente. Aunque parezca innecesario, estas distinciones son imprescindibles para la comprensión del significado de la Victimología y su magnitud.

El origen etimológico del término “Victimología” se encuentra en el vocablo latino victim y en el vocablo griego logos que significa ciencia o saber fundamentado.[49] El término «Victimología» no es objeto en la actualidad de una interpretación pacífica; es, por encima de todo, una noción manejable y práctica que sirve para agrupar un conjunto de saberes, problemas y métodos de investigación de origen bien reciente. En sus primeros momentos, la Victimología comenzó a definirse en un sentido más restrictivo. Así, para Hellenberg, era «una rama de la Criminología, que se ocupa de la víctima directa del crimen y que comprende el conjunto de conocimientos biológicos, sociológicos y criminológicos concernientes a la víctima».[50] De esta manera, el autor, como otros tantos, intentaba quedar a tono conciliatorio con las concepciones de su época y las precedentes.

La primera definición doctrinalmente concensuada sobre la Victimología se ofrece en el Primer Simposio sobre Victimología celebrado en Jerusalén, Israel, del 2 al 6 de septiembre de 1973. La Victimología fue definida, para este entonces, como la disciplina que tiene por objeto el estudio de la víctima de un delito, de su personalidad, de sus características biológicas, psicológicas, morales, sociales y culturales, de sus relaciones con el delincuente y del papel que ha desempeñado en la génesis del delito. Loable resulta destacar en esta definición el marcado causalismo que durante muchos años caracterizó la definición de la Victimología a nivel Mundial concibiéndola como ciencia que estudia fundamentalmente la incidencia causal del actuar de la víctima en el hecho criminal. A partir de aquí, muchos son los autores que, siguiendo esta misma línea positivista, de una forma u otra, han intentado definir la ciencia victimológica. Así, por ejemplo, Goldstein la define como «parte de la Criminología que estudia a la víctima, no como efecto nacido en la realización de una conducta delictiva, sino como una de las causas, a veces principalísima, que influyen en la producción de los delitos.»[51] En igual sentido Yamarellos y Kellens afirman que la Victimología es la rama de la Criminología que se ocupa de la víctima directa del crimen. Se interesa por lo tanto de todo aquello que se relacione a la víctima: su personalidad, sus rasgos biológicos, psicológicos y morales, sus características socioculturales, sus relaciones con el criminal, en fin, su rol y su contribución a la génesis del crimen.»[52]

Desde finales de la década de los años 1970 se comienza a evidenciar definiciones de la Victimología más abarcadoras y funcionalistas, en tanto incluían entre sus axiomas la responsabilidad social en el fenómeno criminal y consecuentemente victimológico y las consecuencias de dicho fenómeno para el conglomerado social. En este sentido, según Amelunxen, la Victimología se interesa por el «origen, personalidad, carácter, sexo, edad, situación de conciencia (sic), cualidades espirituales y características corporales de la víctima, y por sus relaciones familiares, profesionales y sociales. Se propone en particular dejar en claro el papel de la víctima en la situación precriminal y su contribución a la génesis del crimen».[53] Por su parte, Paul Cornil en un primer momento define la Victimología como el «estudio limitado a la oposición criminal-víctima que puede tener como consecuencia el transferir cómodamente a la víctima una parte de la culpa atribuida al criminal.” [54] Así el fenómeno victimológico pasa a ser para el citado autor una perspectiva de las causas múltiples de la criminalidad, a pesar de la amplitud y las dificultades que presenta, pudiendo contribuir a una justa apreciación del lugar de la víctima en el fenómeno criminal y permitiendo definir más exacta y más humanamente las medidas a tomar para asegurar su protección. Posteriormente la define como “método especial de acercamiento al problema criminal, parece haber encontrado su lugar en el terreno de la Criminología a la cual aporta una contribución positiva”[55]

Luego de 1980 aparecen definiciones de la Victimología que destacan, además, su función preventiva y la temática de la investigación científico victimológica. Entre estas podemos citar a modo de ejemplo a López Tapia quien dice que: «Victimología es la disciplina que mediante el análisis de los datos de los hechos ilícitos (circunstan­cias del hecho, características de la víctima y de los delincuentes, armas usadas, etc.), la intervención de testigos y de la policía y de sucesos posteriores por los que pasó la víctima, trata de buscar soluciones para recluir o eliminar la delincuencia y para reparar el daño causado a la víctima.»[56]

Un salto cualitativo en cuanto la definición de la Victimología se comienza a experimentar en la década de los 90 y hasta los primeros años del siglo en curso en la cual algunos autores intentan explicar desde otras ciencias afines, diferentes del Derecho penal y la Criminología, el fenómeno victimológico haciendo esta ciencia suya, pero sin desconocer su carácter autónomo. Este periodo es el que prefiero llamar el “Periodo de Oro de la síntesis victimológica”. Así, por ejemplo, desde la Filosofía, Carlos Albert la ha definido como un “proceso de pensamiento, acumulación de todo el pensamiento útil para el entendimiento del fenómeno victimal, así como conocer y estudiar su origen, historia, relación con otras ciencias, tratamiento, evolución científica, técnicas y demás.”[57] Romero Muñoz, desde una perspectiva forense, la define como aquella disciplina que coadyuva con el órgano de justicia para investigar la forma en que tienen relación las víctimas del delito en el desarrollo de este.[58]

Así, hay numerosos autores que hablan de la Victimología desde las síntesis penitenciaria, criminológica, forense, clínica etc.[59] Esta tendencia tiene entre sus efectos positivos el reafirmar el carácter multidisciplinario de esta ciencia aunque consideramos que también puede poner en riesgo la visión autónoma o independiente por la que tanto abogamos muchos científicos y estudiosos de este campo.

A nuestro criterio, la definición más completa y acertada es la brindada por Tamarit Sumilla para quien la Victimología puede ser definida hoy como una “ciencia multidisciplinaria que se ocupa del conocimiento relativo a los procesos de victimización y desvictimización. Concierne pues a la Victimología el estudio del modo en que una persona deviene víctima, de las diversas dimensiones de la victimización (primaria, secundaria y terciaria) y de las estrategias de prevención y reducción de la misma, así como del conjunto de respuestas sociales, jurídicas y asistenciales tendientes a la reparación y reintegración social de la víctima.”[60][61]

Nos correspondería entonces, en los siguientes epígrafes de este capítulo, analizar críticamente y a profundidad el espíritu doctrinal de estas definiciones anteriormente ofrecidas desde las posiciones razonadas y argumentadas de quienes niegan o aplauden el carácter autónomo de la Victimología respecto a la Criminología y al Derecho Penal y de aquellos que simplemente niegan el fundamento científico de esta.

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Notas y referencias bibliográficas

[1] Respecto a los métodos utilizados para la explicación de las siguientes concepciones mencionadas Vid: Álvarez Álvarez, J.Francisco; Teira Serrano, David; Zamora Bonilla, Jesús: “Explicación Nomológica y explicación Causal” en  “Filosofía de Las Ciencias sociales” Ed. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Madrid. España. 2005. P 51-54

[2] El naturalismo mantiene que todos los conceptos relacionados con la consciencia y la mente hacen referencia a entidades que pueden ser reducidas a relaciones de interdependencia (Superveniencia) con fuerzas y causas naturales. Al respecto Vid: Edward B. Davis and Robin Collins: «Scientific Naturalism.» In “Science and Religion: A Historical Introduction”, ed. Gary B. Ferngren, Johns Hopkins University Press, 2002, pp. 322–34. Vid: Mario De Caro & David Macarthur (eds): “Naturalism in Question”. Cambridge, Mass: Harvard University Press. 2004. Vid: Audi, Robert: “Naturalism”. En Borchert, Donald M: The Encyclopedia of Philosophy Supplement. USA: Macmillan Reference. (1996). pp. 372–374. Vid:  Carrier, RichardSense and Goodness without God: A defense of Metaphysical Naturalism”. AuthorHouse. (2005).  pp. 444.

[3] Vid: Sánchez Linares, Felipe; Guadarrama González, Pablo; Araujo González, Rafael: “Lecciones de Filosofía Marxista Leninista”. TomoI. Ed: Dirección de Marxismo-Leninismo del Ministerio de Educación Superior de la República de Cuba. La Habana. Cuba. P.15 (versión digital, no específica año de publicación).

[4] Según las tesis naturalistas soteriológicas la perfección del hombre se encuentra en el mejoramiento de su propia naturaleza, no en la mutación de ella. Al respecto Vid:   A. Cresson, “Les bases de la philosophie naturalista”, París 1906; J. Dewey: “La experiencia y la naturaleza”, México. 1948; J. B. Pratt, “Naturalism”, New Haven 1939; C. Bouchat, “Histoire du naturalisme francais”, París, 1949.

[5] El naturalismo griego tiene dos periodos fundamentales, encarnados en las escuelas presocráticas y en las posaristotélicas: epicúreos y estoicos; en todas ellas la physis se presenta como algo absoluto que en sí misma encuentra la razón de su existir. En este sentido, la concepción naturalista de las ciencias, asumió durante las últimas décadas del siglo XIX el carácter evolutivo impuesto al orden natural, y al hombre y su cultura como parte de dicho orden.

[6] La competencia se puede definir como una interacción biológica entre organismos o especies en la cual la aptitud o adecuación biológica de uno es reducida a consecuencia de la presencia del otro. Al respecto Vid: Begon, M.; Harper, J. L.; Townsend, C. R. (1996) “Ecology: Individuals, populations and communities” Blackwell Science.MacArthur, R. and Wilson, E. O. (1967). “The Theory of Island Biogeography”, Princeton University Press (2001 reprint), ISBN 0-691-08836-5M.Pianka, E. R. (1970). On R and K selection. “American Naturalist” ‘104’, 592-597. Verhulst, P. F. (1838). “Notice sur la loi que la population pursuit dans son accroissement”. Corresp. Math. Phys. ’10’, 113-121.Tomas M. smith y Robert Leo Smith “Ecología” 6a. edición PEARSON EDUCACIÓN S.A. Madrid, 2007. P. 776

[7] Si bien en estos momentos la atención se centraba en el delincuente y el hecho, lo cierto es que no podía existir un fundamento lógico si no existieran presupuestos victimológicos en el respectivo análisis.

[8] Vid: Petroski, A: “Psicología General” Ed. Progreso. Moscú.1986. P. 81-88, 123-139.

[9] La teoría ética del Derecho natural o de la ley natural parte de las premisas de que los humanos son racionales y los humanos desean vivir y vivir lo mejor posible. De ahí, el teórico del Derecho natural llega a la conclusión de que hay que vivir de acuerdo con cómo somos, de acuerdo con nuestra naturaleza humana. Si no lo hiciésemos así nos autodestruiríamos. Para esta concepción la desigualdad es normal siempre que sea necesaria y no exceda dicha necesidad, pues de lo contrario corremos el riesgo de aterrizar en el terreno de un abuso de poder de unos con respecto a otros. Al respecto Vid: Ayuso, Miguel (ed.), “El derecho natural hispánico: pasado y presente”, Publicaciones Obra Social y Cultural Cajasur, (España), 2001.Vid: Buckle, S., «El derecho natural» [1991] en Singer, P. (ed.), Compendio de ética, Alianza, 1995. Vid: Fernández Concha, R., “Filosofía del Derecho o Derecho Natural”, Editorial Jurídica de Chile, Santiago de Chile, 1966. Vid: Montejano (h.), Bernardino, “Curso de derecho natural”, Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 2002. Vid: Ordoñez Noriega, Francisco, “La fundamentación del derecho natural”, Kelly Editorial, Bogotá, 1967. Vid: Sabine, G., “Historia de la teoría política”, Fondo de Cultura Económica, 1945. Especialmente capítulos VIII, IX y XXI

[10] Respecto a la importancia de la concepción naturalista para las ciencias sociales Vid: Casares Serrano, Antonio D: “Genes, Tecnología y Racionalidad. La Estrategia Naturalista en la unificación epistemológica de las ciencias” en Aparte Rei: Revista de Filosofía P.23 y ss. Ostensible en http://serbal.pntic.mec.es/~cmunoz11/index.htlm  consultado el 18/2/2012 a las 8:30 p.m.

[11] Al respecto Vid: Antony, Carmen: “Intustigaeión Bibliogrifie sobre Victimología en América Latina”, Reunión Preparatoria del IX Con­greso Internacional de Criminología, Universidad de Panamá. 1982. También Vid: Salas, Luis: “La Justificación del Estudio de Victimización en América Latina”. En ILANUD al Día. Año 4, núm10. Costa Rica, 1981, P.38 y SS.

[12] Entre estas podemos citar a modo de ejemplo Lombroso, César, “Le Crime, Causes et Remedes”. Editeur Félix Alean. París, Francia, 1907, p. 473. Ferri, Enrico, “The positive school of Criminology”, University of Pittsburg Press, Estados Unidos de America, 1968, p.  101. Ferri,  Enrico: “homicidio-sucidio”, Fratelli  Bocea  Editori,  Torino, Italia. 1892.

[13] Al respecto Rodríguez Manzanera expresó: Se ha afirmado que la mayoría de los criminólogos habían he­cho Victimología sin saberlo…Aunque el olvido de la victima es notorio, y se le había rele­gado a un segundo término, esto no implica que haya total des­conocimiento del tema, y que nunca se hubiera contemplado el problema de la víctima”. Rodríguez Manzanera, Luis: “Victimología, Estudio de la Víctima”.4ta edición. Ed. Porrúa. C. México. México. 1998. P.15.

[14] Respecto al concepto de Positivismo Científico también Vid: «Diccionario Enciclopédico Abreviado»; (1957). Editorial, Espasa – Calpe, S.A. Tomo II. Madrid, España. «Enciclopedia Barsa»; (1985). Ediciones Encyclopaedia Británica Publishers, INC. México. Vid: Hirschberger, J.; (1968). «Breve Historia de la Filosofía». Editorial, Herder. Barcelona, España; Marias, Julián; (1960). «Historia de la Filosofía». 12da edición. Ediciones Castilla. Madrid, España. todos citados por Urbina Tortolero, Eladio Román: “El Positivismo”  en  www.monografías.com” visitado el 7/3/2012 a las 6:30p.m.

[15] Vid: Auguste Comte: “Curso de filosofía positiva” (6 vols., 1830-1842).citado por Urbina Tortolero, Eladio Román. ob. Cit. visitado el 7/3/2012 a las 6:30p.m.

[16] Aller, German: “Cuestiones Victimológicas de Actualidad: Origen de la Victimología, Seguridad, Cifra Negra, Personalización del conflicto y proceso penal” en la Revista del Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento al Delincuente. No 27.Costa Rica. 2011.

[17] Ferri, Enrico: Ob.cit.P.101. Del mismo autor Vid: “Sociología Criminal” (texto en inglés) en http://www.marxists.org/archive/ferri/criminalsociology/index.htm. Consultado el 1/4/2012 a las 3:30 pm.

[18] Entre estos autores encontramos: Mendelsohn, J: “New Biopsychosocial Horizons: Victimology” (1946) y Von Hentig: “the Criminal and his victims” (1948) los cuales a decir de Aller, German fueron catalogados de positivistas en tanto indagaban sobre la etiología y causas del delito desde lo biológico, antropológico y social que se alineaban al “hombre víctima”. Vid: Aller, German: Ob. Cit. P.2.

[19] A este fenómeno fue lo que se nombró autovictimización. Vid: Zamora Grant, José “Los Modelos Victimológicos” en Revista Jurídica: Boletín Mexicano de Derecho Comparado No 93. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. México. 2011. Si se quiere consultar sobre la teoría de los paradigmas Vid: Kuhn, Thomas: “La estructura de las relaciones científicas”, México, FCE, 1983. Vid: Rodríguez Manzanera, Luis: Ob.Cit.

[20] Aller, German: Ob. Cit. P.2.

[21] Sobre dicha nominación Vid: Quirós Pírez, Renén: “Manual de Derecho Penal I”.Ed. Félix Varela. La Habana. Cuba. 2005. P.10-11.

[22] Vid: Álvarez Álvarez, J.Francisco; Teira Serrano, David; Zamora Bonilla, Jesús: Ob. cit: P. 51 y ss.

[23] Al respecto Vid: Peset, José L y Peset Mariano: “Lombroso y la Escuela Positivista italiana” CSIC, Madrid, España.1996.

[24] Vid: Burk, Ignacio; «Filosofía». Ediciones Insula. Caracas, Venezuela. (1985). Marias, Julián; Ob.cit. y Hirschberger, J: Ob.cit.

[25] El método científico al que hacemos referencia se refiere al conjunto de pasos necesarios para obtener conocimientos válidos (científicos) mediante instrumentos confiables. Este método intenta proteger al investigador de la subjetividad. Se basa en la reproducibilidad (la capacidad de repetir un determinado experimento en cualquier lugar y por cualquier persona)

[26] Este fenómeno es el que se conoce también en la esfera del Derecho Penal como “Dualismo metodológico”.Vid: Quirós Pírez, Renén: Ob. Cit. P.13.

[27] Quirós Pírez, Renén: Ob. Cit. P.13.al respecto vid también, Remeu Falconi: “Lineamientos de Derecho Penal”. Icone Editora. Sao Paulo. Brasil.1995.P.23-33. Santiago Mir Puig: “Introducción a las bases del Derecho Penal”, Editorial Bosch. Barcelona.1976.P.173 y ss.

[28] Íbidem

[29] Aller, German: Ob. Cit. También podemos citar entre estos ejemplos los Congresos Peni­tenciarios Internacionales de Roma (1885), París (1895), y Bru­selas (1900), el de Antropología Criminal de Roma (1885), el de Derecho Penal de Bruselas (1889), el jurídico de Florencia (1891), etcétera

[30] Vid: M, Lenoci, “Neopositivismo y filosofía analítica”, en DTI, 111, P. 636-641; Vid: Kolakowski, “Filosofía positivista”, Cátedra, Madrid. 1979; Vid: A, J. Ayer, “La filosofía y los problemas, actuales”, Madrid 1981; Vid: J, Muguerza, “La razón sin esperanza”, Taurus, Madrid 1977. Vid: A, Grabner-Haider, “Análisis lingüístico y pedagogía de la religión”, Verbo Divino, Estella 1976; Vid: D. Antiseri, “El problema del lenguaje religioso”, Cristiandad, Madrid 1976; Vid: N, Abbagnano, “Historia de la filosofía”, 3 vols., Hora, Barcelona 1981.

[31] Vid: Respecto a esta idea Vid: T Stancati: “Neopositivismo”. Publicado en “VocTEO”  consultado el 16 de enero de 2012 a las 7:48 p.m.

[32] Quirós Pírez, Renén: Ob. Cit. P.13

[33] Al respecto Vid: Zamora Grant, José: Ob. Cit.

[34] De hecho, de ahí viene el nombre de esta teoría “Funcionalismo”.

[35] Bergalli, R; Bustos Ramírez, J; Miralles, T: “El pensamiento Criminológico I. Un análisis crítico” Ed. Temis Librería. Bogotá. Colombia. 1983. P.35-36.

[36] Merton, R: “Teoría y Estructuras sociales”.Ed. Fondo de Cultura Económica. México. 1964. P. 30 y ss y 56. Al respecto Vid: Marshall, F: “La Crisis de la Sociología Norteamericana”, Barcelona, Península. España. 1977. P. 145 y ss y 189 y ss.

[37] Merton, R: Ob.cit. P. 35 y ss y 45 y ss.

[38] Bergalli, R; Bustos Ramírez, J; Miralles, T: Ob. Cit. P.41.

[39] Íbidem. P.41. El gran fallo del interaccionismo radicó en que planteó una ausencia de estructuras sociales objetivas como son las clases sociales, grupos sociales, así como el proceso de producción y el poder. Respecto las deficiencias del interaccionismo simbólico Vid: Carabaña, J y Lamo de Espinosa, E: “Resumen y Valoración Crítica del interaccionismo simbólico” en “Teoría Sociológica Contemporánea”. Ed. Tecnos, Madrid, 1978. P. 277-321.

[40] Íbidem. P.278.

[41] Al Respecto Vid: Bergalli, R; Bustos Ramírez, J; Miralles, T: Ob. Cit. P.41. Vid: Becker, H. S. “Outsiders: Studies in the sociology of deviance”. Free Press, Nueva York, 1963. Vid: Lemert, E. M. “Human deviance, social problems and social control”. Prentice-Hall, Nueva York, 1967. Vid: Turk, A. T. “Conflict and criminality” en American Sociological Review vol. 21, 1966. Pp.338-352.

[42] Rodríguez Manzanera, Luis. Ob. Cit. P. 26.

[43] Antón Prieto, José Ignacio: “La Criminología como ciencia social. Pasado, Presente  y Futuro”. ponencia presentada en el Aula de Criminología 2010 que SECCIF organizó en Valladolid el 2 de diciembre de 2010. Publicado en Notijurídicas. Jornal Leggio. Septiembre de 2011. Consultado el 3/4/12. a las 9:47 p.m. al respecto Vide también: Felson, M. & Cohen, L. “Social change and crime rate trends: a routine activity approach” American Sociological Review vol. 44, pp. 588-608. Clarke, RV «Situational Crime Prevention: Theory and Practice.» British Journal of Criminology Nº 20 vol. 2, Londres, 1980 pp.136-147. Ilson, J. Q. & Kelling G. L. “Broken Windows. The police and neighborhood safety” The Atlantic Montly. Boston, Magazine, marzo de1982. Pp. 29-38. Taylor, I.; Walton, P.; Young, J. “The New Criminology: For a Social Theory of Deviance” Ed. Routledge & Kegan Paul Ltd. LOndon, 1973. Kitsuse, J. & Spector, M., “Toward a sociology of social problems: social conditions, value-judgements, and social problems”, Social Problems, Vol. 20, Nº 4, 1973, pp. 407-419.

[44] Las premisas de que partimos (…) son los individuos reales, su acción y sus condiciones materiales de vida, tanto aquellas con que se han encontrado ya hechas, como las engendradas por su propia acción. Estas premisas pueden comprobarse, consiguientemente, por la vía puramente empírica.» Al respecto Vid: Karl Marx y Friedrich Engels, “La ideología alemana”http://www.marxists.org/espanol/m-e/1840s/feuerbach/1.htm.  sitio consultado el 2/4/2012 a las 10:35am.

[45] Zeitlin, I: “Ideología y teoría Sociológica”, 2da.ed. Buenos Aires. Argentina. 1973. P. 97-98.

[46] Marx, C: “Futuros resultados de la Dominación británica en la India”. Obras escogidas en tres tomos. Tomo I. Ed. Progreso. Moscú. 1976. P. 512. al respecto Vide del mismo autor: “Manuscritos económicos y filosóficos de 1844” ed. Pueblo y Educación. Habana. Cuba. 1973. Vid: Bernal, J.D.: “La Ciencia en la Historia”. (ed. No especificada) tomo I. México.1959. P.15.

[47] Engels F.: “Dialéctica de la Naturaleza”.Ed. Grijalbo. México.1981.P. 204-205. Al respecto Vide también Marx, C: “Tesis sobre Feuerbach” en “La Ideología Alemana”. Editora Política. La Habana. 1985. Apéndices. Pág. 634.

[48] Al Respecto de la teoría Marxista y sus aporte a la Criminología y otras ciencias afines Vid: Bergalli, R; Bustos Ramírez, J; Miralles, T: Ob. Cit. P.45-51.

[49] Ferdinand Kirchhoff, Berd: “2009 Asian Postgraduate Course” Tokiwa Internacional Institute of Victimology. Tokiwa graduate school of Victimology. Tokiwa. Japón. 2009.

[50] Hellenberg, Henrry: “Relations Psichologiques entre de criminal et sa Victime”. Revue Internacional de Criminologie et de police técnique” Vol.2. Ginebra. Zuiza. 1954. P. 121.citado por Rodríguez Manzanera, Luis: Ob. Cit. P.17

[51] Goldstein, R: “Diccionario de Derecho Penal y Criminología”, Astrea, Buenos Aires, Argentina, 1978. citado por Rodríguez Manzanera, Luis: Ob. Cit. P.17

[52] Yamarellos, E. y Kellens, G., “Le crimine el la Criminologie”, Marabout Université, Bélgica, 1970, p. 232. citado por Rodríguez Manzanera, Luis: Ob. Cit. P.17.

[53] Citado por Rodríguez Manzanera, Luis: Ob. Cit. P.17.

[54] Cornil, Paul: “La notion de Victimologie et sa place dans la Crimi-nologie”. I Symposium, Israel, 1973.

[55] Cornil, Paul: “De la Victimologie a la Prevention du Crime par la politique criminelle”, III Symposiiun, Alemania,  1979.

[56] López Tapia, Guillermo: “Victimología y Compensación a las Víctimas”. En Criminalia XLIII No 1-12. Ed. Porrúa.S.A.Máxico. P.29.

[57] Sanchez Rodríguez,  Fátima  y García Mercader, Emilio José: “Victimología Forense.” España. Estudios victimales. Citado por Wael Hikal en “El presente y Futuro de la Victimología. Ciencia, Filosofía y Prevención” en Derecho y cambio Social. México.  2011.

[58] Romero Muñoz: Citado por Wael Hikal en Op.cit.

[59] Entre estos autores encontramos:   Hikal Wael: “Criminología Psicoanalítica, Conductual  y del Desarrollo La necesidad de Organizar y sistematizar el penasamiento Criminológico”. México. Flores Editor y distribuidor. (2009), Romero Muñoz (2010) citado por Wael Hikal en Ob.cit.( Sanchez Rodrigues y García Mercader. ob. Cit., (2010).  Carlos Albert:”Criminología Latinoamericana, teorías y Propuestas sobre el control Social”, parte primera, Universidad de Buenos Aires. Argentina. (1996)

[60] Tamarit Sumilla, Josep Mª: “Manual de Victimología”. Ed. Tirant lo Blanch. Valencia, 2006.

[61] Como es claro, detrás de toda definición hay una concepción. Ello justifica que cada persona pueda hacerse una noción de un fenómeno determinado como puede ser, por ejemplo,  “la muerte y la vida” y en dependencia de la idea que tenga de dicha fenomenología tener una definición. En este sentido, por ejemplo, si preguntamos a un grupo de personas  qué  es la muerte con seguridad algunos dirán que no existe por ser una nueva fase o etapa de la vida, o sea, la continuidad de la vida en otra dimensión, mientras que otros dirán que es el fin de la vida. Lo cierto es que aunque ambos tienen nociones, concepciones o conceptos diferentes existen elementos comunes que son los que van a determinar una definición del fenómeno de la muerte, por ejemplo: La muerte significa el fin de la existencia terrenal. Estas últimas siempre serán la concreción o síntesis de una concepción y por ello las definiciones pueden variar constantemente de un autor a otro, e inclusive en un mismo autor. Es por estas razones que previamente pretendimos abordar de manera general las concepciones fundamentales sobre la Victimología para facilitar la comprensión de tan diversas definiciones e intercalar en ese abanico científico de tesis definitorias, nuestra propia opinión.

 Libro: Victimología: Fundamentos científicos y filosóficos generales

Autor Dager Aguilar Avilés

Editorial: Honoris American Proyect (Estados Unidos)

ISBN-13:978-1522734208

Fecha de lanzamiento del libro: 11 de abril de 2016